La defensa de los derechos humanos a partir del uso de las
TICs, tiene que ver con derechos fundamentales para toda persona como son el
derecho a la comunicación, el derecho al ciberespacio, a la comunicación social,
a la comunicación internacional, mecanismos que deben estar establecidos en
toda Constitución Nacional de cada país.
Acceso de las nuevas tecnologías
como un derecho de todas y todos!!
como un derecho de todas y todos!!
En éste proceso de las TIC, facilita el acceso a la información,
relevante en el intercambio de conocimientos por parte de todos y todas.
Este proceso se refiere no sólo a la promoción y a la
protección de los derechos a la información, sino a la protección de los
derechos a la comunicación (el uso de la información) para que cada persona
exprese su punto de vista (voz- comunicación), a fin de que garantice plena
participación en los procesos democráticos a todos los niveles.
Lo relevante es garantizar la participación de todos (as) en todos los espacios, educativos, culturales, sociales, políticos, espacios nacionales como internacionales.
Sánchez lo expresa como el «enfoque del desarrollo basado en los derechos humanos» (Human rights based approach to development) —aprobado por las agencias de Naciones Unidas en el 2003—, y que constituye el principio en virtud del cual los aspectos relacionados con los derechos humanos son sistemáticamente integrados a la cooperación al desarrollo; desde las ciencias de la comunicación para trascender una visión exclusivamente instrumental de las TIC y enmarcarlas en marcos analíticos y conceptuales más amplios, vinculados a los procesos de la comunicación (es decir, a los intercambios de significado) y a la interacción de estos procesos (es decir, las relaciones sociales creadas por la comunicación y las instituciones sociales, y el contexto que resulta de tales procesos). (Sánchez).
Lo relevante es garantizar la participación de todos (as) en todos los espacios, educativos, culturales, sociales, políticos, espacios nacionales como internacionales.
Sánchez lo expresa como el «enfoque del desarrollo basado en los derechos humanos» (Human rights based approach to development) —aprobado por las agencias de Naciones Unidas en el 2003—, y que constituye el principio en virtud del cual los aspectos relacionados con los derechos humanos son sistemáticamente integrados a la cooperación al desarrollo; desde las ciencias de la comunicación para trascender una visión exclusivamente instrumental de las TIC y enmarcarlas en marcos analíticos y conceptuales más amplios, vinculados a los procesos de la comunicación (es decir, a los intercambios de significado) y a la interacción de estos procesos (es decir, las relaciones sociales creadas por la comunicación y las instituciones sociales, y el contexto que resulta de tales procesos).
Referencias
Sánchez, O. D. (s.f.). Diposit Digital de Documents
de la UAB. Recuperado el 30 de enero de 2016, de
http://ddd.uab.cat/pub/analisi/02112175n38/02112175n38p55.pdf